La Ley de la Carrera Militar pasa al Senado

El Congreso de los Diputados ha remitido el Proyecto de Ley de la Carrera Militar al Senado, como paso previo a su promulgación. El texto recoge muchas de las enmiendas propuestas por los Grupos parlamentarios, y entre ellas la práctica totalidad de las enmiendas sugeridas por las Asociaciones de Reservistas Voluntarios, como ya anunciamos desde estas páginas. Resulta significativo comprobar que los legisladores se han hecho eco del clamor que desde las filas de los Reservistas Voluntarios abogaba por un mantenimiento de las edades máximas de servicio -en lugar de la absurda limitación que contenía el texto propuesto por el Gobierno- así como el derecho a vestir el uniforme militar, derecho que parece se amplía. Para los que estén interesados, aquí tienen el enlace a la última versión.


Etiquetas: , , ,

Reconocimiento de condecoraciones extranjeras

A continuación detallamos el procedimiento a seguir para solicitar autorización para ostentar, sobre el uniforme militar, condecoraciones extranjeras. En el ejemplo que seguimos se trata de la Orden del Santo Sepulcro de Jerusalén, pero el procedimiento es extrapolable a otras condecoraciones extranjeras. Los documentos necesarios para realizar este trámite son, en primer lugar, el Diploma o Certificado de Concesión de la Condecoración Extranjera, emitido por el Estado extranjero. Dado que querremos conservar el original, se debe utilizar para los trámites una copia legalizada del mismo. La legalización puede realizarse en notario militar. En segundo lugar, y al tratarse de una condecoración extranjera, se debe solicitar al Ministerio de Asuntos Exteriores el Asentimiento Nacional, que no es otra cosa que el nihil obstat de la Administración competente -la Cancillería de Órdenes-, mediante la instancia cuyo modelo reproducimos a continuación. La Instancia se presenta acompañada de la copia legalizada del Diploma o Certificado de Concesión de la Condecoración Extranjera.
DON ……………, con D.N.I.: ………………, [Empleo militar], y domiciliado en …………….

EXPONE:
Que con fecha … de …. de …. recibió la Cruz de Caballero de la Orden del Santo Sepulcro de Jerusalén, según documentación adjunta, orden considerada extranjera, reconocida por la Santa Sede y por el Estado Español según escrito del Ministerio de Asuntos Exteriores que dirigió al capítulo de Castilla y León de la citada orden con fecha 18 de octubre de 1990, es por lo que,

SOLICITA:
En aplicación del real Decreto de 5 de junio de 1.916 el necesario Asentimiento Nacional para uso de condecoración extranjera, acompañando la siguiente documentación: copia del diploma firmado por SE Rvdma. el cardenal Carlos Furno, Gran Maestre de la Orden, con el sello de la misma y el de la Secretaría de Estado Vaticano, así como copia del certificado de ingreso expedido por el Capítulo de Aragón, Cataluña y Baleares de la Orden de Caballería del Santo Sepulcro de Jerusalén.

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES
DIRECCIÓN GENERAL DE PROTOCOLO, CANCILLERÍA Y ÓRDENES.
PLAZA DE LA PROVINCIA, s/n.
28071 – MADRID



Una vez que se ha obtenido el Asentimiento Nacional del Ministerio de Asuntos Exteriores, se debe presentar, ya ante el Ejército correspondiente, y a través del Registro de la Delegación o Subdelegación de Defensa de la que dependa el Reservistas Voluntario, la siguiente Instancia, acompañada del Asentimiento Nacional recibido del Ministerio de Asuntos Exteriores, junto con copia legalizada del diploma de concesión.


DON …………, con D.N.I.: ……………….., [Empleo Militar RV], y domiciliado en …………….

EXPONE:
Que con fecha … de …. de …. recibió la Cruz de Caballero de la Orden del Santo Sepulcro de Jerusalén (Código 5640 de SIPERDEF) según título, con el visado de la Secretaría de Estado Vaticano, del que se tomó razón y contando respectivamente con el oportuno Asentimiento Nacional expedido por el Ministerio de Asuntos Exteriores.

Que el Estado Vaticano, como Estado Soberano, tiene reconocidas a parte de las Órdenes de Mérito (Suprema de Cristo, Espuela de Oro, San Gregorio Magno, Pío IX, San Silvestre Papa) y Condecoraciones (Cruz Benemerenti y Cruz Pro Ecclesia et Pontifice) la Orden de Malta y la Orden de Caballería del Santo Sepulcro de Jerusalén.

Que por Orden 431/11986/06 de la Subsecretaria de Defensa de 31 de julio de 2006, BOD núm. 154, página 9.018, han sido publicadas diversas autorizaciones de uso de esta Orden, es por lo que,

SOLICITA:
Se proceda para el interesado a la anotación en su Hoja de Servicios, actualización en SIPERDEF, autorización de uso sobre el uniforme y publicación en el Boletín Oficial de Defensa de la autorización correspondiente tal como en la orden citada.

Se acompaña Asentimiento Nacional expedido por el Ministerio de Asuntos Exteriores y copia legalizada del diploma de concesión.

EXCMO. SR.
GENERAL DE EJÉRCITO JEFE DEL ESTADO MAYOR DEL EJÉRCITO
MADRID



Una vez presentado, sólo queda esperar a que publiquen la autorización en el Boletín Oficial de Defensa. A partir de ese momento, podremos utilizar la citada Orden o Condecoración sobre el uniforme.

Etiquetas: , ,

Vademécum de la Reserva Voluntaria

Portada del Vademécum de la Reserva Voluntaria publicado en soldados.comSe acaba de publicar en la página Web de www.soldados.com un nuevo documento con información muy interesante para el Reservista Voluntario. Se trata de un compendio exhaustivo de información sobre la Reserva Voluntaria, que incluye imágenes, fotos, facsímiles de diplomas, imágenes de la TIM y modelos de instancias, que nace con la vocación formativa y divulgadora.
El vademécum consta de 117 páginas divididas en 15 capítulos, e incluye información útil tanto para Aspirantes RV como a los que ya han obtenido la condición. Se revisan todos los aspectos y vicisitudes relevantes para un RV, en un tono aséptico y neutro, e incluso aparece un apartado dedicado a las Asociaciones de Reservistas, de las que trataremos próximamente.
Como dato curioso, la portada del vademécum aparece ilustrada con un abigarrado escudo formado por un sable y bastón de mando cruzados, sobre el que se impone el distintivo de la Reserva Voluntaria, y a su vez superimpuesto por el Escudo de España. Coronando el conjunto aparece la Corona Real, y al pié del mismo la leyenda "Oficina General de Reservistas". Se trata del escudo propuesto por la Oficina General de Reservistas que no nos extrañaría pudiera acabar convertido en distintivo metálico.
Facsímisil de título honorifico
A falta de una lectura más reposada del documento, que iremos haciendo y desgranando en estas páginas, creemos que el Vademécum se convertirá sin duda en documento de referencia para las UCOs a las que vayan activados los Reservistas Voluntarios, así como de todos los que leemos estas páginas.

Desgraciadamente tenemos que señalar que el texto no está exento de errores. Como nos señala acertadamente un lector, en la página XV-1 del Vademécum se señala erróneamente que la creación de una asociación exige como requisito presentar sus estatutos al Ministerio del Interior para su aprobación, cuando desde la entrada en vigor en el año 2002 (¡hace cinco años!) de la Ley Orgánica Reguladora del Derecho de Asociación (LORDA), en su artículo 5, se señala que basta otorgar el acta fundacional por tres personas, aprobando los Estatutos, para que la asociación adquiera personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, señalando el art 10 LORDA que la inscripción en el Registro (no aprobación) se realiza a los solos efectos de publicidad.

Por cierto que como indica el Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar (DIGEREM) en el propio Vademécum, la solicitud de cambios al mismo deberá dirigirse por escrito a la propia OGRE, como organismo encargado de su mantenimiento. Animamos a todos los lectores de estos Apuntes Formativos para un Reservista Voluntario que lean el documento y plasmen aquí sus comentarios, o en el foro de reservistas.

Puede abrirse el Vademécum haciendo click con el ratón aqui.

Etiquetas: , , , , , , ,

Autorización para llevar condecoraciones sobre el uniforme de los Reservistas Voluntarios

El BOD suele publicar la autorización para ostentar sobre el uniforme militar las condecoraciones que no sean de una naturaleza estrictamente militar. Este es el caso de las condecoraciones civiles, como la Carlos III, la Isabel la Católica, el Mérito Civil, o las de la Guardia Civil, como ocurre en los ejemplos que ilustran estas líneas. Se trata de la autorización para lucir sobre uniforme la Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil con distintivo blanco, la Medalla Policial con distintivo blanco del Ayuntamiento de Algete, y la Orden del Mérito Civil. Hemos añadido también un ejemplo de autorización para llevar el distintivo de permanencia en la Guardia Civil solicitado por un Alférez (RV) de Cuerpos Comunes.

Autorización publicada en el BOD para llevar sobre el uniforme una condecoración de la Guardia Civil

Autorización publicada en el BOD para llevar en el uniforme una condecoración civil: Mérito Civil

Autorización BOD para llevar en el uniforme una condecoración civil, Mérito Policial de Ayuntamiento


Autorización BOD para llevar en el uniforme un distintivo de la Guardia Civil

Etiquetas: , ,