Manual de Protocolo y distintivo civil de doctor
Me encuentro navegando por la Web con el siguiente Manual de Protocolo y Condecoraciones, edición del Ministerio de Asuntos Exteriores de Diciembre del 2003. Lo que se dice muy recientito, disponible en pdf y libremente accesible desde la Web. Me lo he bajado inmediatamente, pues aunque se dedica principalmente al protocolo civil, con especial énfasis en el diplomático, incluye interesantes referencias a la Orden del Mérito Civil y a la Orden de Isabel la Católica.
También he recibido de un ilustre Reservista Voluntario, la referencia exacta de la norma de Uniformidad del Ejército de Tierra que regula el uso del distintivo civil de Doctor sobre el uniforme militar. Se trata de la ORDEN de 20 de octubre 1976 (Ministerio de Ejército) sobre "INSIGNIAS, BANDERAS Y DISTINTIVOS. Uso del distintivo civil de Doctor en el Ejército":
Ahora sólo queda localizar el texto original. Si algún ilustre lector se animase..."A tenor de lo dispuesto por el Decreto 511/1973, de 9 de marzo, se autoriza a usar sobre el uniforme, el distintivo civil del Grado de Doctor, al personal del Ejército que se halle en posesión de dicho título y grado, expedido por Facultad Universitaria Nacional".
Etiquetas: Condecoraciones civiles, Formación RV, Normas y Reglamentos, Uniformes
4 Comentarios:
Anónimo dijo...
Hola, simplemente me gustaría informarle que en el blog http://www.protocolodigital.com, antes de realizar la migración en junio a un nuevo servidor, había muchos post sobre protocolo militar con enlaces a leyes, R.D., explicaciones de ceremonias, desfiles, etc; ya que su autor es el jefe de protocolo del ministerio de defensa.
Lo malo es que al cambiar de servidor tendrá que buscar todo lo publicado en el caché de google ya que ahora no se puede ver lo publicado desde enero hasta junio.
Un saludo.
Anónimo dijo...
He localizado el texto de la Orden 20/10/1976 sobre uso del distintivo de Doctor en el uniforme y al párrafo transcrito hay que añadirle un segundo y último párrafo que precisa el uso en la forma y las ocasiones exclusivas para su uso. Su tenor literal es el siguiente:
"Dicho distintivo se usará en su modalidad de medalla, sujeta al cuello por el cordón de seda caracteristico de su Facultad, sólo será ostentado, con ocasión de actos Académicos o facultativos."
Anónimo dijo...
Acabo de remitir un breve comentario sobre el uso del distintivo de Doctor en el ET y, por mi parte, querría preguntar si al amparo de la Disp. Adicional 4ª, del RD 1040/2003, de 1 de agosto, se podría solicitar autorización para su uso o usar directamente, el distintivo de tropa de una compañía/unidad de operaciones especiales "la bañera", en el uniforme de reservista voluntario, si aunque no haya mediado una concesión expresa del mismo, éste se entregó oficialmente por la Unidad y se llevó oficalmente durante 18 meses ¿No es esto el reconocimiento oficial previsto en la disposiicón citada?. Marcos F. B. marcosfb@intecser.es
Test dijo...
Marcos,
Soy consciente que el tema de la bañera con el emblema de )Operaciones Especiales preocupa a muchos RESVOL que han hecho el Servicio Militar en la COE.
Personalmente, tras discutir con expertos en las unidades de OE españolas, me indican que la citada bañera no es distintivo de especialidad, sino de destino, y que al cesar en el citado destino se perdía su derecho de uso. De ser este el caso, no procedería su uso sobre el uniforme al no estar amparado en la Disp. Adicional 4ª, del RD 1040/2003, de 1 de agosto.
SIn embargo, para salir de dudas lo mejor es preguntar por escrito, una vez nombra RV. Presenta en tu Delegación de Defensa un escrito, junto a fotocopia de la Cartilla del SM o documento oficial donde se indique la autorización de uso o concesión del citado distintivo solicitando autorización para su uso sobre el uniforme militar, y asi salir de dudas.
Si por el contrario dicho distintivo no es de destino, sino de permanencia, de curso o aptitud permanente, y fue autorizado con carácter previo al 1 de Agosto del 2003, si quedaría amparado por la Disp. Adicional 4ª, del RD 1040/2003, y por tanto podría llevarse sobre el uniforme.
Publicar un comentario
<< Volver al Inicio