Acceder a una plaza de empleo superior

En la nueva convocatoria para Reservistas Voluntarios que publica el BOE aparece expresamente mencionada la posibilidad de acceder a una plaza de empleo superior para los Reservistas Voluntarios que satisfagan los requisitos exigidos en la misma.
Los requisitos para acceder a una plaza de empleo superior son:
  • Satisfacer los requisitos académicos de la nueva plaza a la que se aspira. Es decir, ser diplomado para las plazas de oficial, y en las de suboficial ser bachiller LOGSE, COU o FP. Este requisito debe ser cumplido antes del 5 de Junio del 2006.
  • Haber sido nombrado Reservista Voluntario en el BOD con fecha anterior a la del fin del plazo para solicitar Cita Previa. Es decir, no pueden acogerse los Aspirantes pendientes de Boletín.
  • Sólo se puede solicitar una plaza de mayor empleo, es decir, no se puede optar a una plaza de empleo inferior. Igualmente sólo se puede optar a una plaza dentro del mismo Ejército o Cuerpos Comunes de la Defensa al que pertenece el Reservista Voluntario.
  • No es necesario renunciar previamente a la plaza de RV ya obtenida. Si no se obtuviese la plaza de superior empleo, o no se superase el período de formación, se mantiene la plaza ya obtenida.
  • No es necesario volver a presentar toda la documentación descrita en la convocatoria, excepto la acreditativa de la nueva titulación si ésta no se hubiese presentado. Obviamente se debe presentar la documentación pertinente si se pretende alegar nuevos méritos a la vista del baremo de puntos.
  • Los Reservistas Voluntarios que obtengan plaza de un empleo superior están exentos de realizar de nuevo la Formación Básica militar. Asimismo, podrán quedar eximidos de la Formación Específica si la nueva plaza es de la misma especialidad que la anterior, o si así lo determinan los Ejércitos correspondientes.
  • Caso de realizarse la formación específica, el Reservista Voluntario aspirante a plaza de empleo superior tendrá la consideración de Aspirante a todos los efectos. A algunos les queda la duda de si jurídicamente son válidos los efectos de esta disposición, pues quién ostenta pongamos por caso el empleo de Sargento (RV) con derecho al uso del uniforme -derecho concedido por Ley 17/99, disposición de rango superior a una resolución administrativa- sigue ostentándolo a no ser que lo pierda por las causas tasadas en la ley.

La posibilidad de optar a una plaza de superior empleo sin renunciar previamente a la plaza antigua ya aparecía en la anterior Convocatoria, pero con el límite de sólo poder solicitarse una vez durante todo el compromiso, con lo que el RV que no obtuviese plaza de superior empleo no podría volver a presentarse hasta agotar su compromiso de tres años. Esta limitación, a todas luces absurda, fue duramente criticada ante la OGR por las Asociaciones de Reservistas, y entre ellas de manera muy destacada por ARES, por lo que es motivo de gran satisfacción comprobar que dicha limitación no se ha incluido en la presente convocatoria.

Os recordamos que el plazo para solicitar Cita Previa finaliza el próximo 4 de Julio.

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