Vademécum de la Reserva Voluntaria

Portada del Vademécum de la Reserva Voluntaria publicado en soldados.comSe acaba de publicar en la página Web de www.soldados.com un nuevo documento con información muy interesante para el Reservista Voluntario. Se trata de un compendio exhaustivo de información sobre la Reserva Voluntaria, que incluye imágenes, fotos, facsímiles de diplomas, imágenes de la TIM y modelos de instancias, que nace con la vocación formativa y divulgadora.
El vademécum consta de 117 páginas divididas en 15 capítulos, e incluye información útil tanto para Aspirantes RV como a los que ya han obtenido la condición. Se revisan todos los aspectos y vicisitudes relevantes para un RV, en un tono aséptico y neutro, e incluso aparece un apartado dedicado a las Asociaciones de Reservistas, de las que trataremos próximamente.
Como dato curioso, la portada del vademécum aparece ilustrada con un abigarrado escudo formado por un sable y bastón de mando cruzados, sobre el que se impone el distintivo de la Reserva Voluntaria, y a su vez superimpuesto por el Escudo de España. Coronando el conjunto aparece la Corona Real, y al pié del mismo la leyenda "Oficina General de Reservistas". Se trata del escudo propuesto por la Oficina General de Reservistas que no nos extrañaría pudiera acabar convertido en distintivo metálico.
Facsímisil de título honorifico
A falta de una lectura más reposada del documento, que iremos haciendo y desgranando en estas páginas, creemos que el Vademécum se convertirá sin duda en documento de referencia para las UCOs a las que vayan activados los Reservistas Voluntarios, así como de todos los que leemos estas páginas.

Desgraciadamente tenemos que señalar que el texto no está exento de errores. Como nos señala acertadamente un lector, en la página XV-1 del Vademécum se señala erróneamente que la creación de una asociación exige como requisito presentar sus estatutos al Ministerio del Interior para su aprobación, cuando desde la entrada en vigor en el año 2002 (¡hace cinco años!) de la Ley Orgánica Reguladora del Derecho de Asociación (LORDA), en su artículo 5, se señala que basta otorgar el acta fundacional por tres personas, aprobando los Estatutos, para que la asociación adquiera personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, señalando el art 10 LORDA que la inscripción en el Registro (no aprobación) se realiza a los solos efectos de publicidad.

Por cierto que como indica el Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar (DIGEREM) en el propio Vademécum, la solicitud de cambios al mismo deberá dirigirse por escrito a la propia OGRE, como organismo encargado de su mantenimiento. Animamos a todos los lectores de estos Apuntes Formativos para un Reservista Voluntario que lean el documento y plasmen aquí sus comentarios, o en el foro de reservistas.

Puede abrirse el Vademécum haciendo click con el ratón aqui.

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