El RV en el nuevo Plan de Activaciones del Ejercito del Aire: uno más

La página web del EA publica las lineas doctrinales bajo las que se regirán las activaciones de los RV del EA a partir del año 2009, configurando un plan de carrera a largo plazo que contempla un aumento progresivo de la responsabilidad del RV a lo largo de sucesivas activaciones. El documento que reproducimos a continuación de estas líneas no tiene desperdicio, y recomendamos encarecidamente su lectura.

El propósito declarado del Plan es lograr que el RV sea capaz de llevar a cabo un desarrollo competente de los cometidos propios de los militares profesionales que ocupen puestos similares. Así pues el Ejército del Aire no contempla al RV como un especialista externo ajeno o periférico a la institución, como un consultor que aparece por allí, asesora y se marcha, sino como un personal que forma parte integral de las unidades en las que sirve, y que debe aspirar a desarrollar las mismas competencias profesionales que sus adláteres de la escala activa. Para ello se prevé que los RV cuenten con un tutor asignado no sólo durante su formación específica en la Unidad, como ya venía haciéndose, sino además durante al menos su primera y segunda activación ya como RV, durante los que el RV tendrá la consideración de alumno en prácticas. Es relevante señalar que dicha previsión no es un intento de minimizar el papel del RV, sino una medida de protección transitoria que permita al RV formarse y aprender como militar, bajo el manto de un estatus singular que module la responsabilidad que le podría ser exigida por su actuación. Así, una vez el RV haya superado esta primera etapa, no hay obstáculo ni límite a su desempeño profesional en la Unidad, y para que no quede duda de ello se señala expresamente que una vez activados para prestar servicio en Unidades podrán ejercer las atribuciones disciplinarias que les correspondan en función de los puestos que desempeñen. Y aunque el documento no lo señale expresamente, quien tiene derecho a ejercer atribuciones disciplinarias, tiene también que someterse al imperio de las mismas. Mas claro, agua.

El Plan de Activación del Ejército del Aire se ha desarrollado bajo la batuta de los responsables de la ESTAER, escuela responsable de la formación básica de los alumnos Aspirantes a RV de las categorías de Oficial y Suboficial, e incorpora toda la experiencia acumulada a lo largo de varios años en la formación de éstos, y ha sido aprobado por el General Porta Carracedo, Jefe de Personal del EA. El enfoque que hace el Ejército del Aire contempla que las dos primeras activaciones del RV lo sean por un período no superior a 7 días, y necesariamente se lleve a cabo al año siguiente de haber efectuado la Formación Específica. En esa activación el RV tiene nombrado un tutor, que deberá tener el mismo o superior empleo al del RV, y quien tendrá la responsabilidad de evaluar al RV y rellenar su IPEC. La segunda activación, de nuevo a realizar al año siguiente de la primera, se apoya en los conocimientos adquiridos, y se mantiene la figura del tutor, pero se señala que el informe de evaluación sea preparado por el jefe de sección del RV. A partir de ese momento se abre la puerta para que el RV pueda activarse por un período superior a los 7 días, bien bajo la modalidad de Instrucción y Adiestramiento (IYA), bien como Prestación de Servicios en UCOS (PSU). En el primer caso, la activación para IYA lo será por catorce días, se mantiene la figura del tutor -aunque se apunta a que el RV pueda reunirse con él sólo unavez a la semana- y se sigue considerando al RV como un alumno en prácticas. Sólo en el caso de ser activado para PSU, en activación de un mes hasta cuatro meses, se produce la mayoría de edad del RV, momento a partir del cual puede asumir plenamente las mismas funciones que los militares profesionales en su mismo puesto.

Para los RV veteranos, que son aquéllos con dos o mas activaciones a sus espaldas, se prevé un régimen específico, permitiéndoles activarse como IYA o PSU a partir del año 2009. Además se prevé expresamente un método de cómputo del número de activaciones rechazadas que favorece enormemente al RV -recordemos que el artículo 23 del Reglamento señala la pérdida de la condición a quienes rechacen mas de dos activaciones seguidas- al computar exclusivamente aquéllas activaciones que ya hayan sido firmadas, pero no los casos en los puestos en contacto con el RV para la propuesta de activación, este señala la imposibilidad de activarse. Asimismo se exigirá para la renovación del compromiso como RV al menos una activación en esos tres años.

Debemos felicitarnos del enfoque que el Ejército del Aire ha adoptado respecto a sus RV, no sólo por la visión a largo plazo que contiene su Plan de Activaciones, sino por haberse fijado como objetivo el lograr que la formación del RV permita a éste realizar las mismas funciones que los militares profesionales. Al evitar convertir al RV en un consultor externo de la institución, se está dando plena satisfacicón a las legítimas aspiraciones de todos los españoles que han escogido servir en las filas de la Aviación militar española como Reservistas Voluntarios. Finalmente, el Ejército del Aire ha querido dejar claro a todas sus Unidades la importancia que para el EA ha adquirido la figura del RV, indicando que todas las Unidades del EA que no tengan en sus filas ningún RV, y no lo soliciten, les serán asignadas al menos tres plazas en la próxima convocatoria. Y es que en el Ejército del Aire no hay rincón en el que no sea posible encontrar a un RV.



Introducción
El Plan de activación de reservistas voluntarios pretende mejorar el procedimiento llevado hasta la fecha. Quiere facilitar la integración de los reservistas voluntarios en sus UCO,s de destino, lograr una relación de servicios de la que queden satisfechos tanto la unidades como los propios reservistas y flexibilizar el sistema.

Sistema de activación
A partir del 01 de enero de 2009 el sistema de activación de los reservistas voluntarios del Ejército del Aire se ajustará al proceso que a continuación se detalla:

PRIMERA ACTIVACIÓN.
La primera activación se realizará al año siguiente de haber efectuado la fase de formación específica. Será del tipo “Actualización de conocimientos” y tendrá una duración de siete días. Los objetivos a conseguir serán los siguientes:

- Adaptación a la vida y costumbres de la Unidad.
- Familiarización general con la UCO, sus miembros e instalaciones.
- Conocimiento de la organización, misiones y funcionamiento de la UCO de destino.

Durante el período de activación sólo se realizarán actividades conducentes a alcanzar los objetivos establecidos. A todos los efectos tendrán la consideración de alumnos en prácticas. Se les nombrará un tutor, militar profesional de igual o superior empleo, a quien podrán acudir en caso de duda o desconocimiento, y será el encargado de que los reservistas voluntarios desarrollen adecuadamente el programa de actividades. El tutor será el responsable de cumplimentar el informe de evaluación a realizar una vez acabada la activación. En el Anexo A se detallan las actividades concretas a realizar durante la activación.

SEGUNDA ACTIVACIÓN

Durante el año siguiente al de la primera activación se realizará la segunda. Será del tipo “Actualización de conocimientos” y tendrá una duración de siete días. Los objetivos a conseguir son:

- Refrescar los conocimientos adquiridos en la primera activación.
- Capacitar y adaptar al reservista voluntario a los métodos y procedimientos particulares del puesto para el que fue designado.
- Favorecer la adaptación adecuada a los equipos e instalaciones asociados al puesto asignado.

Tendrán la consideración de alumnos en prácticas, si bien podrán desarrollar alguna práctica de adaptación al puesto asignado los dos últimos días de su activación. El primer día de activación se dedicará al refresco de los conocimientos adquiridos durante la primera activación. El resto de los días se emplearán en la capacitación y adaptación de los reservistas a los métodos y procedimientos particulares de los puestos asignados y a favorecer que se adapte adecuadamente a los mismos. Durante la activación contarán con un tutor que desarrollará los cometidos especificados en el punto anterior, salvo la de cumplimentar el informe de valoración que será realizado por el jefe de sección o equivalente de al menos el mismo empleo y de quien dependa. En el Anexo B se detalla las actividades concretas a realizar durante la activación.

TERCERA ACTIVACIÓN Y POSTERIORES.

La tercera activación y posteriores será del tipo “Instrucción y adiestramiento” o “Prestación de servicios en UCO”.

a) Instrucción y Adiestramiento:
Los objetivos a conseguir son:

- Recordar y actualizar los conocimientos adquiridos en anteriores activaciones.
- Desarrollar cometidos y actividades propias de su capacitación específica.

La duración será de catorce días y durante ese período tendrán la consideración de alumnos en prácticas. La primera semana se dedicará a alcanzar el primero de los objetivos. En el momento de lograrlo, incluso si es durante esa primera semana, comenzarán las prácticas conducentes a lograr el segundo. Continuarán contando con la asistencia de un tutor al que deberán presentarse al menos una vez cada semana y al que comentarán las incidencias que pudieran haberles ocurrido. El informe de valoración será cumplimentado por el jefe de sección o equivalente de al menos el mismo empleo de quien dependan.

b) Prestación de servicios en UCO:
El objetivo a conseguir el desarrollo competente de los cometidos propios de los militares profesionales que ocupen puestos similares a los correspondientes al área de trabajo y cometido del reservista voluntario. Durante este tipo de de activación, con una duración mínima de un mes y máxima de cuatro, podrán ejercer las atribuciones disciplinarias que les correspondan en función de los puestos que desempeñen. Las dos primeras semanas se dedicarán, respectivamente, a la actualización de la formación militar y de los conocimientos del desarrollo de los cometidos del puesto. El resto de semanas se emplearán en desarrollar los cometidos del puesto. Durante la semana de formación militar se incorporarán al programa de formación militar de los MPTM de la UCO o, en su caso, al programa ICCS que se esté desarrollando.

RESERVISTAS VOLUNTARIOS QUE CUENTEN CON DOS ACTIVACIONES.

Los reservistas voluntarios que a la entrada en vigor cuenten con dos activaciones cualesquiera que fuera el tipo podrán activarse para “Instrucción y adiestramiento” o para “Prestación de Servicio en UCO”. Si en las propuestas de activación el reservista solicita no ser activado, se estimará su petición y no se contabilizará como suspensión de activación. Sólo se contará suspensión de activación cuando el reservista solicite la “no activación” con posterioridad a la fecha de la firma de la resolución de activación correspondiente que se publicará en el Boletín Oficial de Defensa.

ACTIVACIONES EN SIGUIENTES COMPROMISOS

Los reservistas voluntarios que quieran renovar su compromiso deberán activarse, al menos, una vez durante los tres años. Ya sea del tipo “Instrucción y adiestramiento” o “Prestación de servicios en UCO”.

ACTIVACIONES DE RESERVISTAS VOLUNTARIOS DE LOS CUERPOS COMUNES.

La Dirección de Personal solicitará a los jefes de UCO, vía Mando orgánico, las necesidades que de este personal pudieran tener. Se tendrá en cuenta que para solicitar la activación del tipo “Prestación de servicio en UCO” de un reservista voluntario de Cuerpos Comunes previamente habrá tenido que haberlo sido para “Instrucción y adiestramiento”. En las peticiones se especificarán los puestos a cubrir, las especialidades, tipos de activación, duración, sólo en el caso de haber especificado “Prestación de servicio en UCO” y fechas de activación. Una vez cumplimentadas y enviadas, por la misma vía, a la Dirección de Personal las remitirá a DIGENPER/Gestión de Cuerpos Comunes, que realizará la distribución correspondiente en función de sus posibilidades.

Procedimiento para solicitar la activación de los Reservistas Voluntarios
A partir del 01 de enero de 2009 se empleará una aplicación informática para gestionar las activaciones de los reservistas voluntarios. La precitada aplicación permite que cada jefe de UCO visualice la relación nominal de sus reservistas voluntarios. Y establecer en que períodos del año le interesa activarlos, así como el tipo de activación que corresponde.

Por otra parte, las Subdelegaciones de Defensa, empleando la misma aplicación, recogerán, posteriormente, la predisposición de activación de los reservistas voluntarios, el tipo, si es que procede, las fechas y la duración de las mismas.

La Sección de Reserva y Movilización asignará las activaciones buscando cuadrar, cuando sea posible, las necesidades de las unidades con los deseos de los reservistas, decidiendo en los casos que no concuerden unas y otros.

Convocatorias de plazas para Reservistas Voluntarios
La Dirección de Personal del Ejército del Aire comunicará a los jefes de UCO, vía Mando orgánico, antes del 30 de octubre, la intención de asignarles voluntarios, especialmente en aquellas que no aún no dispongan, Y solicitará le remitan las necesidades de las UCO,s de reservistas voluntarios, especificando las áreas de trabajo, ver Anexo C, y el perfil de los puestos a cubrir. Cuanto más detallado sea el perfil más probabilidades habrá de ser cubierto el puesto por personal idóneo. En cualquier caso, a las UCO,s que no manifiesten necesidad alguna se le asignarán, al menos, tres plazas de reservistas voluntarios. Sobre la base de las necesidades se realizará la Propuesta de convocatoria de plazas para el año siguiente.

Activaciones 2009
Los reservistas voluntarios que tengan una o ninguna activación del tipo “Actualización de conocimientos” se incorporarán a sus UCO,s respectivas para la realización de una activación del mismo tipo con una duración de siete días.

Las activaciones para “Instrucción y adiestramiento” (con una duración máxima de 30 días) o para “Prestar Servicio en las Unidades” (con una duración máxima de cuatro meses), corresponderán a los reservistas voluntarios que hayan realizado dos activaciones.

Así mismo, se convocarán una serie de cursos de formación para reservistas voluntarios que serán publicados en el Boletín Oficial de Defensa para su máxima difusión entre los posibles solicitantes. La relación de los cursos la facilitará la Dirección de Enseñanza.

Mientras no se publique el Reglamento de los reservistas voluntarios, se aplicará el siguiente criterio: Quien renuncie a un curso para el que fue designado por resolución publicada en el Boletín Oficial del Defensa no será nombrado para la realización de ningún curso durante el año siguiente al de la renuncia.

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1 Comentarios:


Anonymous Anónimo dijo...

ola a todos me parece de gran ayuda ,lo que se haya escrito aqui,puesmeacaban deasignar plaza enele ejercito del aire como reservista voluntario y ando unpoco perdida,almenos despues de leer esto algunas de mis dudas quedaron solucionadas...gracias

8:18 p. m.  

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